Tumban decreto que bajó mínimo de programas nacionales en TV en pandemia
Con una votación de 8 contra uno, la Sala Plena de la Corte Constitucional declaró inconstitucional el artículo 1°. del Decreto Legislativo 516 del 4 de abril de 2020, “por el cual se adoptan medidas para la prestación del servicio de televisión abierta radiodifundida, en el marco del Estado de Emergencia Económica, Social y Ecológica”, relacionado con el porcentaje mínimo de programación de producción nacional que debe estar en televisión.










La decisión de la mesa directiva de la Cámara se dio luego de que un tribunal fallara una tutela a favor de Robledo, que ordenaba devolverle su curul en máximo 48 horas.




