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Tribunal de Cundinamarca ordena aplazar protestas en Colombia

Consideró que las manifestaciones deben frenarse hasta que haya un protocolo de bioseguridad.

Tribunal de Cundinamarca ordena aplazar protestas en Colombia

Considerando que deben protegerse la salud, la vida y la salubridad pública de todos los colombianos, de las personas de tercera edad, de los niños y de todo el personal médico, la Subsección B de la Sección Cuarta del Tribunal Administrativo de Cundinamarca decretó una medida cautelar ordenando el aplazamiento de las manifestaciones de este 28 de abril y primero de mayo.

De acuerdo con la decisión, la suspensión será «hasta tanto se implemente un protocolo de bioseguridad o se alcance la inmunidad de rebaño con la vacunación contra la pandemia de covid-19».

La decisión añade que ese protocolo de bioseguridad o la inmunidad de rebaño deberán garantizar tanto a los manifestantes como a los terceros los derechos fundamentales a la salud, la vida y la salubridad pública.

«De tal manera que los tutelantes y manifestantes como las autoridades públicas accionadas salvaguarden en especial los derechos de los niños, de las personas de la tercera edad, de sus familias y de los médicos que segundo a segundo están exponiendo su vida en las UCI de los hospitales y clínicas para proteger la vida de los infectados por el referido virus», se lee en el fallo, de 45 páginas.

La providencia señala que con estas medidas no se está limitando ni restringiendo el derecho constitucional fundamental a la manifestación, «sino se está dando primacía a la salvaguarda que el juez constitucional de tutela debe dar a todos aquellos derechos fundamentales en peligro inminente de ser violados aun cuando por las manifestaciones y el ejercicio de otros derechos fundamentales».

Según la magistrada que tomó la decisión, la medida cautelar es también para buscar garantizar la suficiencia de atención hospitalaria en UCI que, según se ha reportado, está colapsada en varias regiones del país.

«Es una verdad que brilla al ojo que el derecho a manifestarse en las vías públicas para hacerse oír de las  autoridades (…) en estos momentos de grave crisis económica y hospitalaria, lejos de alcanzar de manera inmediata tales propósitos de impartición de una justicia social equitativa, lo que provocará es la muerte de muchas personas de las familias y demás del grupo social con los que los manifestantes comparten y trabajan», continúa diciendo el fallo.

Añade que esas manifestaciones en estos momentos provocarán la toma de medidas de confinamiento a mediano y largo plazo mientras se pueda llegar a alcanzar la inmunidad de rebaño, con vacunas a más del 70 por ciento de la población, «lo que, de contera, conducirá a la quiebra de más empresas y cierre de establecimientos de comercio y la pérdida de empleos».

Así las cosas y ante la imposición de esta medida cautelar, el Tribunal instó a los sindicatos y grupos de ciudadanos a que, mientras tanto, convoquen las manifestaciones contra la reforma tributaria, por el día del trabajo, y por la corrupción de los grupos dirigentes económicos, entre otras causas, mediante el uso de las tecnologías de las comunicaciones en reuniones virtuales.

Incluso dijo que  las autoridades públicas involucradas deberán programar las diferentes reuniones virtuales para que dichos manifestantes sean oídos, mientras se supera este estado de emergencia económica, social y ecológica.


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