La Cámara de Comercio de Barrancabermeja informa que el Gobierno Nacional desarrolló la figura de las Sociedades Comerciales de Beneficio en Interés Colectivo (BIC), con la expedición de la Ley 1901 del 2018, con el propósito de crear un nuevo modelo empresarial que procure el bienestar de las comunidades.
Los tres objetivos fundamentales de las sociedades BIC son:
Incorporación de un propósito social y ambiental, que va más allá de la maximización del interés económico de sus accionistas.
Exigibilidad en el cumplimiento del propósito descrito para que los directores y gestores de la empresa puedan maximizar el interés social y ambiental descrito.
Transparencia en el reporte de su impacto empresarial en todas las dimensiones: modelo de negocio, gobierno corporativo, prácticas laborales, prácticas ambientales y prácticas con la comunidad.
Es importante recalcar que, de acuerdo con la norma, para que la empresa tenga la denominación BIC deberá: «incluir en su objeto social aquellas actividades de beneficio e interés colectivo que pretendan fomentar e incluir en su razón social la denominación BIC o las palabras sociedad de Beneficio e Interés Colectivo».
De acuerdo con el artículo 5 de la ley 1901 de 2018, el Representante legal de una sociedad BIC deberá elaborar y presentar ante el máximo órgano social un reporte sobre el impacto de la gestión, en el que dará cuenta de las actividades de beneficio e interés colectivo desarrolladas por la compañía, reporte que deberá ser preparado con el siguiente estándar independiente que señala la Superintendencia de Sociedades a través de la Resolución 200-004394 de fecha 18/10/2018, así:
La Certificación de Sociedades Tipo B de B Corporation.
Los Estándares GRI del Global Reporting Intiative.
La norma ISO 26000 de Responsabilidad Social Empresarial de la international Organization for Standardization.
La Guía para los Objetivos de Desarrollo Sostenible (SDG Compass) de las Naciones Unidas, el World Busines Council for Sustainable Development y el GRI.
La serie de normas AA1000 de Relacionamiento y Responsabilidad Social de AccountAbility.
Cabe resaltar, que la misma norma establece que estas sociedades seguirán estando obligadas a cumplir con las obligaciones del régimen ordinario del impuesto sobre la renta y complementarios, el régimen común sobre las ventas y demás obligaciones tributarias de carácter nacional, departamental y municipal.
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