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Registre sus libros de comercio en medios electrónicos

Registre sus libros de comercio en medios electrónicosAmigo empresario los libros de comercio en medios electrónicos son documentos en forma de mensajes de datos, de conformidad con la definición de la Ley 527 de 1999, mediante los cuales los comerciantes realizan los registros de sus operaciones mercantiles, en los términos del Decreto 805 de 2013, Ley 019 de 2012 y la Circular Única de 2016 de la Superintendencia de Industria y Comercio.

 

¿Que debo tener en cuenta para el registro?

Es un servicio que sólo está habilitado para las personas jurídicas activas en el registro mercantil y de Entidades Sin Ánimo de Lucro, cuyo domicilio haga parte de la jurisdicción de la Cámara de Comercio de Barrancabermeja (Barrancabermeja, Cimitarra, Sabana de Torres, San Vicente de Chucurí, Puerto Wilches, Landázuri, San Pablo, Carmen de Chucurí, Puerto Parra y Cantagallo).

 

¿Cómo se realiza la solicitud?

Para solicitar el registro de libros en medios electrónicos, el usuario debe diligenciar el formulario de solicitud de registro dispuesto en el sistema, el cual debe descargar en su versión definitiva en formato PDF, firmar digitalmente por el representante legal, efectuar el pago de manera virtual y cargar los documentos en el sistema (formulario en formato PDF y recibo de pago).

 

Si el proceso de verificación es satisfactorio la Cámara de Comercio efectuará una inscripción por cada uno de los libros en el libro Vll del registro mercantil y libro ll del registro de Entidades Sin Ánimo de Lucro, respectivamente y enviará una constancia a la dirección electrónica que el peticionario haya reportado, con los siguientes datos: Cámara de Comercio receptora, fecha de presentación del libro para registro, fecha de inscripción, número de inscripción, identificación del comerciante o persona obligada a registrar, nombre del libro y uso al que se destina.

 

El envío de la solicitud de inscripción de los libros electrónicos no implica la aceptación del registro, por cuanto dicha solicitud está sujeta a la verificación que sobre el particular se haga con el fin de determinar si cumple con los requisitos para su inscripción. Para mayores informes comuníquese al PBX 6020202 ext. 222,211,216 o escribanos a juridica@ccbarranca.org.co

 

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