La Cámara de Comercio de Barrancabermeja se permite informar a todos los comerciantes y representantes legales de las entidades que se encuentran registradas y que desde hace cinco años o más no renuevan su registro, que deben cumplir con la obligación de renovar antes del 31 de marzo de 2019, de lo contrario su registro será cancelado automáticamente por efecto de la depuración anual.
Esta depuración se aplica a los comerciantes, personas naturales o jurídicas, los establecimientos de comercio, sucursales y agencias, sociedades civiles, entidades sin ánimo de lucro tales como: asociaciones, corporaciones, fundaciones, veedurías ciudadanas, redes de veedurías, cooperativas, fondos de empleados, asociaciones mutuales, pre-cooperativas, instituciones auxiliares del cooperativismo y todas aquellas formas asociativas solidarias, que no renovaron su matrícula o inscripción, respectivamente, en los años 2015, 2016, 2017, 2018 y 2019.
Cuando no se realiza la renovación, durante el término mencionado anteriormente, puede dar lugar a la disolución y liquidación de la sociedad si es persona jurídica, y si es persona natural se procederá con la cancelación de su registro, perdiendo así su historial y trayectoria como comerciante; teniendo en cuenta lo contemplado en la Ley 1727 de 2014 la cual faculta a las Cámaras de Comercio para depurar anualmente la base de datos del Registro Único Empresarial y Social- RUES.
— Barrancaberm Virtual (@BcaVirtual) February 12, 2019
Para más información comuníquese a la Cámara de Comercio de Barrancabermeja en el PBX: 6020202 Ext. 216-220-211 o al correo electrónico: [email protected]
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