Para prevenir casos de víctimas por manipulación de pólvora durante las fiestas de fin de año, la Alcaldía de Barrancabermeja dispondrá nuevamente para el Municipio el decreto ‘por medio del cual se adoptan medidas de control sobre la distribución, venta y uso de la pólvora, artículos pirotécnicos o fuegos artificiales”.
Así lo manifestó la secretaria de Gobierno, Francy Elena Álvarez, quien además resaltó que en Barrancabermeja habrá solamente nueve casetas con el respectivo permiso para la venta o distribución de la pólvora o artículos pirotécnicos, que estarán ubicadas en la antigua Bombonera.
“Estos son los únicos puntos autorizados en la ciudad, y estarán ubicados en el mismo sector tradicional donde siempre se han situado esas casetas. Ellas deben cumplir una normatividad y una póliza. Lo ciudadanos que quieran hacer sus respectivas compras con todos los cuidados que se requiere para la manipulación de estos elementos lo podrán hacer en esos puntos”, explicó Francy Elena Álvarez.
Dentro de las medidas, quien venda artículos pirotécnicos, fuegos artificiales o globos a menores de edad o a personas en estado de embriaguez, tendrán una sanción pecuniaria entre dos a 20 salarios mínimos legales mensuales vigentes y el decomiso de la mercancía.
En ese sentido, el Decreto expresa también que los representantes legales del menor afectado por quemaduras ocasionadas por el uso de artículos pirotécnicos, a quienes se les encontrase responsables por acción o por omisión de la conducta de aquel, se les aplicará una sanción pecuniaria hasta por cinco salarios mínimos legales mensuales vigentes.
“Invitar a todos los padres de familia a que estemos muy pendientes de los niños, y tengan cuidado de que no estén manipulando pólvora porque se pueden ver afectados en su integridad. Las sanciones son bastante gravosas, porque pueden verse inmersos en un procedimiento con el ICBF”, expresó la secretaria de Gobierno.
De igual forma, la solicitud de permiso para la realización de demostraciones públicas o espectáculos pirotécnicos, deberá ser acompañada de la acreditación de los siguientes requisitos: Concepto de viabilidad expedidos por el comandante del Cuerpo de Bomberos Voluntarios, concepto de viabilidad de expedido por la Policía Nacional, y Concepto de viabilidad por el Consejo Municipal para la Gestión del Riesgo.
Quien vulnere o viole lo dispuesto en este Decreto, las autoridades impondrán una sanción teniendo en cuenta la categoría a que pertenezcan los artículos pirotécnicos o fuegos artificiales y se le decomisará el material.
“Está totalmente prohibido llevar este tipo de elementos en los vehículos de transporte públicos habilitados porque puede llegar a generar alguna afectación”, puntualizó Álvarez.
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