
El nombramiento de Gloria Milena Durán Villar como directora encargada de la Corporación Autónoma Regional de Santander (CAS) ha generado controversia debido a una recusación pendiente en su contra.
La recusación fue presentada el 16 de diciembre de 2024 por Orlando Arenas Villar, miembro del consejo directivo de la CAS, quien argumenta que Gloria Durán Villar incurre en una causal de impedimento según lo estipulado en el numeral 1 del artículo 11 de la Ley 1437 de 2011, también conocida como el Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo (CPACA).
Orlando Arenas Villar es primo de Gloria Durán Villar lo que automáticamente la declararía impedida para ejercer sus funciones dentro de la CAS por su grado de consanguinidad.
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La recusación se fundamenta en la posible existencia de un conflicto de interés que podría afectar la imparcialidad de Gloria Milena Durán Villar en el ejercicio de sus funciones.
Como consecuencia, se ha solicitado que, antes de asumir formalmente el cargo de directora encargada, se resuelva la recusación conforme a lo establecido en el artículo 12 del CPACA.
Según este artículo, cuando se presenta una recusación, la persona cuestionada debe apartarse temporalmente de sus funciones hasta que la autoridad competente determine si existe o no un impedimento.
Uno de los puntos clave de la controversia es que Gloria Milena Durán Villar, además de haber sido designada como directora encargada, se desempeña como Secretaria General de la CAS, lo que refuerza el argumento de la recusación.
Se alega que su posición dentro de la organización podría influir en la toma de decisiones, lo que vulneraría el principio de transparencia y objetividad en la administración pública.
Orlando Arenas Villar, en su escrito de recusación, solicita que Gloria Milena Durán Villar sea declarada impedida y se aparte de sus funciones como Secretaria del Consejo Directivo de la CAS mientras se resuelve la situación.
Esta petición está amparada en el principio de legalidad y debido proceso, que exige que cualquier actuación administrativa se realice con estricta sujeción a la normativa vigente.
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El numeral 1 del artículo 11 de la Ley 1437 de 2011 establece que un funcionario está impedido para actuar en determinados casos en los que se pueda presentar un conflicto de interés o una situación que afecte su objetividad.
En este contexto, la recusación presentada cobra relevancia, pues pone en duda la capacidad de Gloria Milena Durán Villar para ejercer sus funciones sin interferencias o intereses personales.
Este caso también pone de manifiesto la importancia de los mecanismos de control en la administración pública, que buscan garantizar la transparencia en la gestión de los recursos y decisiones estatales.
La CAS, como entidad encargada de la gestión ambiental en Santander, debe actuar con la mayor claridad posible para evitar cuestionamientos sobre la legalidad de sus designaciones.
En el contexto legal, la recusación es una herramienta clave para evitar que una persona en una posición de poder pueda influir en decisiones que le favorezcan directamente o que generen un conflicto de interés.
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La petición de Orlando Arenas Villar busca precisamente que se apliquen estos principios y que se garantice un proceso de designación acorde con la normativa vigente.
A medida que avanza este proceso, se espera que la CAS determine si la recusación es válida y, en consecuencia, si Gloria Milena Durán Villar debe apartarse del cargo.
Mientras tanto, la situación genera incertidumbre en la institución y en la opinión pública, que sigue de cerca el desarrollo de este caso.
Este episodio también pone sobre la mesa el debate sobre la necesidad de fortalecer los procesos de selección y nombramiento de los directivos en entidades públicas.
La transparencia y la imparcialidad deben ser principios rectores en la administración de los recursos públicos, y situaciones como esta resaltan la importancia de mecanismos eficaces para evitar conflictos de interés y garantizar una gestión adecuada.
Recusación para oficiar como secretaria de Consejo Directivo de la CAS
La designación de Gloria Milena Durán Villar como directora encargada de la CAS se encuentra en el centro de una controversia legal debido a una recusación pendiente.
La resolución de esta situación determinará si puede continuar en el cargo o si, por el contrario, debe ser apartada hasta que se tome una decisión final.
Este caso subraya la importancia de la aplicación rigurosa de la normativa administrativa y la necesidad de fortalecer los mecanismos de control para garantizar la transparencia en la gestión pública.