Desde las 6 de la tarde del sábado 24 de mayo y hasta las 6 de la mañana del lunes 26 de mayo queda prohibido en todo el territorio nacional la venta y consumo de bebidas embriagantes, establece el Decreto # 891 del Ministerio del Interior, por el cual se dictan medidas para la conservación del orden público en las elecciones presidenciales de este 25 de mayo.
La norma puntualiza, además, que NO se podrán portar armas en todo el país desde este viernes 23 de mayo hasta el miércoles 28 de mayo y que los sistemas masivos de transporte y las empresas de transporte público están obligadas a prestar su servicio durante el día de elecciones, como mínimo de una 80% durante las horas de votación.
Igualmente, los pasos fronterizos fluviales y terrestres serán cerrados entre las 4 de la mañana del 24 de mayo y las 4 p.m. del 25 de mayo, para la primera vuelta de los comicios.
No se podrá impulsar propagandas proselitistas a favor de ningún candidato.
El Ministerio del Interior advirtió también que desde el pasado lunes 19 de mayo y hasta el lunes 26 de mayo sólo podrán efectuarse reuniones de carácter político en recintos cerrados.
Mediante el decreto, se autoriza a la Policía Nacional a decomisar toda clase de propaganda proselitista distribuida o portada por cualquier medio. También queda prohibido para los medios de comunicación, difundir propaganda política y electoral, así como la realización o publicación de encuestas, sondeos, o proyecciones electorales.
Durante la jornada electoral no podrán usarse dentro del puesto de votación teléfonos celulares, cámaras fotográficas o de video, salvo los medios de comunicación debidamente identificados.
A partir de las 4 de la tarde del domingo 25 de mayo (dia de las elecciones) los testigos electorales sí podrán hacer uso de cámaras y recibirán copia de las actas de escrutinio.