En las últimas horas directivos del partido Liberal en la ciudad de Barrancabermeja han dado a conocer a la opinión pública la sentencia # 2010-00055-0, emanada del Consejo de Estado (Tribunal Supremo de lo Contencioso Administrativo y Cuerpo Supremo Consultivo del Gobierno) y firmada por la magistrada, María Claudia Rojas Lasso, con fecha 2 de diciembre de 2010, la cual, en su página 13, dice: «Para la sala, el artículo 31 numeral 7 de la ley 617 de 2000 contiene una prohibición para quienes ejercieron el cargo de Gobernador o quienes hayan sido designados en su reemplazo, de inscribirse como candidato a cualquier cargo o corporación de elección popular, dentro de los 24 meses anteriores a su elección, dentro de la misma circunscripción». Así las cosas, quienes estuvieron encargados de ese despacho del 29 de octubre de 2009 hacia atrás, no tienen problema alguno. (Vea aquí la documentación con la que el partido Liberal y su candidato Darío Echeverri confirman la noticia).