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Por tutela: Detienen aplicación de modificaciones a Ley de garantías

El fallo asegura que la disposición se toma con efectos garantizar los derechos al debido proceso igualdad e imparcialidad en el proceso electoral.

Ley de Garantias

El Juzgado tercero administrativo de Bogotá ordenó suspender la modificación de la ley de garantías, aprobada en el Senado y la Cámara.

En la decisión se le ordena al Presidente Duque y a los representantes legales de las entidades del orden nacional y del sector descentralizado territorialmente, abstenerse de dar aplicación a la modificación realizada.

«Ordenar al presidente de la República y a los representantes de las entidades de orden nacional y del sector descentralizado territorialmente abstenerse de dar aplicación a la modificación realizada al parágrafo 38 de la ley 996 de 2005“.

El fallo asegura que la disposición se toma con efectos garantizar los derechos al debido proceso igualdad e imparcialidad en el proceso electoral.

Del mismo modo asegura que «la presente restricción sólo entra en vigencia hasta que la corte constitucional conozca la demanda de acción pública que inconsistente constitucionalidad que adelante el señor Miguel Ángel bravo Gutiérrez o que en el ejercicio de este derecho radique cualquier ciudadano en los términos que establece el artículo  241 de la Constitución»

«La presente restricción solo estará vigente hasta que la Corte Constitucional conozca de la demanda de acción pública de inconstitucionalidad que adelantará el señor Miguel Ángel Bravo o, que, en el ejercicio de este derecho, radique cualquier ciudadano».

Cabe recordar que la ley fue aprobada con 54 votos positivos y 30 en contra.


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