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Diputados y concejales actuales no podrán aspirar a la Alcaldía ni a la Gobernación

Diputados y concejales actuales no podrán aspirar a la Alcaldía ni a la GobernaciónSe conoció el artículo 43 de la ley 1952 del nuevo Código Disciplinario, que fue sancionado por el presidente Iván Duque el pasado 28 de enero, a través del cual «se definen las incompatibilidades para desempeñar cargos públicos», es decir, para los futuros alcaldes y gobernadores, en este caso puntual.

 

Una de las determinaciones que se derivó de la norma, es que tanto diputados como concejales en ejercicio actual, se encuentran impedidos para postular candidatura, dado que sólo pueden hacerlo cundo hayan pasado 12 meses después “del vencimiento de su periodo”.

 

“Para los gobernadores, diputados, alcaldes y concejales y miembros de las juntas administradoras locales, en el nivel territorial donde hayan ejercido jurisdicción, desde el momento de su elección y hasta doce meses después del vencimiento de su periodo o retiro del servicio”, reza la norma, la cual entrará en vigencia en cuatro meses, cuando vence el tiempo de transición.

 

Uno de los abogados que participó en la redacción de dicha Ley explicó que “la norma es clara en que deben esperar un año entre la finalización del periodo, que en este caso es el 31 de diciembre de 2019, o la finalización del servicio en el caso que renunciaran  ahora mismo.   Si renunciaron el pasado viernes tampoco les va a servir”.

 

En este sentido se conoció que varios abogados expertos en derecho administrativo, coinciden en que «los diputados y concejales habrían quedado sin ninguna opción», aunque conociendo el perfil de los políticos seguramente se inscribirán y —de salir electos— prefieren asumir un proceso ante el Consejo de Estado.

 

Además, se supo que se están haciendo consultas, ante la incertidumbre que les generó el nuevo Código Único Disciplinario.

 

Sobre esta respuesta, la fuente que participó en la redacción de la Ley explicó que «la norma es clara al indicar que no se trata de una inhabilidad para la elección, sino que es la extensión de una incompatibilidad que le impide ejercer cargos públicos».

 

“Ni el diputado ni los concejales, cuando terminen sus periodos, no pueden inmediatamente ser alcaldes, gobernadores, ni secretarios de despacho, por decir algunos cargos. Repito: no es una inhabilidad, es una incompatibilidad que busca que todos los aspirantes a cargos de elección popular tengan igualdad de condiciones”, subrayó.

 

Uno de los casos que se puede citar como ejemplo de quienes se verán truncados por esta norma, es el del diputado por el Partido Liberal, Orlando Benites quien no podrá aspirar a la Gobernación, al igual que el diputado Hugo Restán en relación a la Alcaldía de Sahagún.

 

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