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31 de marzo vence plazo para renovar la matrícula mercantil.

Las Cámaras de Comercio a nivel nacional han informado que los empresarios que cumplieron la norma, (renovando la matrícula mercantil antes del 31 de marzo), podrán acceder a diferentes beneficios establecidos en la Ley 1429 de 2010. Esa norma introdujo dividendos para la formalización laboral y la generación de empleo para las pequeñas empresas y fue recientemente reglamentada por el Gobierno Nacional a través del decreto # 489 de marzo de 2013.

 

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De acuerdo con este decreto, los empresarios podrán mantener y gozar de los descuentos progresivos para el pago de la matrícula mercantil y su renovación, solo sí realizan la renovación dentro de los tres (3) primeros meses del año.

 

Los beneficios de las tarifas progresivas para la matrícula mercantil y su renovación, para las empresas que hayan iniciado su actividad económica principal a partir del inicio de la ley, se traducen en diferentes descuentos, como:

– Cien por ciento del total de la tarifa establecida para la obtención de la matrícula mercantil en el primer año de desarrollo de la actividad económica principal.

– Cincuenta por ciento del total de la tarifa establecida para la renovación de la matrícula mercantil en el segundo año, entre otros beneficios.

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