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Devolución de dinero de renovación a jóvenes empresarios beneficiados por la ley Projoven

Devolución de dinero de renovación a jóvenes empresarios beneficiados por la ley ProjovenCon el objetivo de continuar el proceso de devolución de dineros de matrícula mercantil a jóvenes emprendedores que renovaron entre el 2 de mayo de 2016 al 19 de abril de 2017, para dar cumplimiento a lo dispuesto en la Ley 1780 de 2016 de Empleo y Emprendimiento Juvenil, la Cámara de Comercio de Barrancabermeja informa que las personas pendientes por solicitar dicha devolución son las que aparecen relacionadas en el listado que podrá consultar en el siguiente enlace: http://www.ccbarranca.org.co/documentos-ley-1780.html

 

La ley de Empleo y Emprendimiento Juvenil fue creada por el Gobierno Nacional con el propósito de promover la generación de empleo para jóvenes entre 18 y 35 años de edad, eliminando las barreras de acceso al mercado de trabajo que impiden mejorar sus condiciones de vida y la de sus familias, e impulsando herramientas para el diseño y la ejecución de políticas de empleo y emprendimiento.

 

Los jóvenes beneficiaros que fueron exentos del pago de la matrícula mercantil, según lo estipulado en la ley 1780 de 2016, cumplieron con los siguientes requisitos:

 

En el artículo 2 dispuso que la pequeña empresa joven será la conformada por personas naturales que tengan hasta 35 años; tratándose de las personas jurídicas, a su vez la empresa debe tener participación de una o varias personas menores de 35 años, que representen como mínimo la mitad más uno de las cuotas, acciones o participaciones en que se divide su capital.

 

En el artículo 3 de la ley 1780 de 2016 establece la exención del pago de la matricula mercantil y su primera renovación para las pequeñas empresas jóvenes que inicien su actividad económica principal a partir de su promulgación, esto es, después del 2 de mayo de 2016.

 

La presentación del formulario que acredita los requisitos antes descritos, deberá realizarse físicamente en cualquiera de las sedes de la Cámara de Comercio de Barrancabermeja o electrónicamente al correo ley1780@ccbarranca.org.co, en formato PDF, suscrito por el titular del beneficio, de forma inmediata a partir de  esta comunicación.

 

Para acceder a los formatos ingrese al siguiente enlace: http://ccbarranca.org.co/documentos-ley-1780.html, si tiene alguna duda o inquietud puede comunicarse al PBX 6020202 ext. 216 o 220.

 

 

Descargue aquí el LISTADO

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