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Desde el 1 de abril, recargas de celulares prepago deberán durar 2 meses.

La Comisión de Regulación de Comunicaciones, CRC, a través de la Resolución 4040 de 2012 indicó que desde el pasado lunes 1 de abril, todas las recargas que realicen los usuarios de telefonía móvil prepago deben tener una duración mínima de 60 días a partir de la fecha de su activación. La mencionada resolución, que compone al Régimen Integral de Protección de los Derechos de los Usuarios de los Servicios de Comunicaciones señala que la norma deberá ser cumpolida por los operadores independiente del monto que haya costado la recarga.

 

Además estableció que los saldos que no se consuman pueden ser transferidos a una tarjeta o recarga que adquiera el usuario, en un plazo de al menos 30 días adicionales a partir del vencimiento de dicha vigencia, sin que ello implique costo adicional.

Las tarifas aplicables al momento de la adquisición de la recarga no pueden modificarse, excepto en los casos en que las mismas se reduzcan o disminuyan para beneficio del usuario.

En esta resolución se obliga a los proveedores móviles y de acceso a Internet a mejorar la información que se entrega a los usuarios cuando adquieran y activen una tarjeta o recarga en prepago.

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