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Denuncia del periodista Gustavo Arciniegas da para demanda por prevaricato a alcalde Carlos Contreras, dicen expertos.

alcaldegusLa denuncia periodística presentada por el columnista, Gustavo Arciniegas Ocampo, relacionada con el presunto daño fiscal ocasionado al Municipio de Barrancabermeja por el no recaudo de recursos para la seguridad ciudadana estimados en más de $ 1.800 millones de pesos podría generar, para el alcalde Carlos Contreras López, una demanda por prevaricato, estimaron varios expertos interrogados por Barrancabermeja Virtual quienes pidieron reserva de sus nombres. – «Existe una clara violación al artículo 119 de la Ley 418 de 1997 relacionada con los fondos de seguridad, debido a que el alcalde es el administrador y ordenador de ese fondo» –, dijo uno de los abogados consultados.  Barrancabermeja Virtual lo invita a leer el texto de la ley.

 

FINANCIACIÓN DE LOS FONDOS DE SEGURIDAD

CAPÍTULO II.

ARTÍCULO 119.  En virtud de la presente ley, en todos los departamentos y municipios del país deberán funcionar los Fondos de Seguridad y Convivencia Ciudadana con carácter de «fondo cuenta». Los recursos de los mismos, se distribuirán según las necesidades regionales de seguridad y convivencia, de conformidad con los planes integrales de seguridad, en materia de dotación, pie de fuerza, actividades de prevención, protección y todas aquellas que faciliten la gobernabilidad local. Estas actividades serán administradas por el gobernador o por el alcalde, según el caso, o por el Secretario del Despacho en quien se delegue esta responsabilidad, de conformidad con las decisiones que para ello adopte el comité de orden público local. Las actividades de seguridad y orden público que se financien con estos Fondos serán cumplidas exclusivamente por la Fuerza Pública y los organismos de seguridad del Estado; las que correspondan a necesidades de convivencia ciudadana y orden público serán cumplidas por los gobernadores o alcaldes.

PARÁGRAFO ÚNICO. El Gobierno Nacional, dentro del término de tres (3) meses contados a partir de la vigencia de la presente ley, reglamentará este artículo.

Para ver la denuncia periodística presentada por el columnista, Gustavo Arciniegas Ocampo dar clip en http://barrancabermejavirtual.com/joomla/index.php?option=com_content&task=view&id=400&Itemid=9

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